Enciclopedia jurídica

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Principio de rogación

También denominado principio de voluntariedad o principio de instancia, complementa adecuadamente el carácter declarativo de la inscripción. Es decir, al carácter voluntario de la inscripción registral de los derechos reales inmobiliarios, con la excepción de la hipoteca, corresponde el carácter rogado del procedimiento de inscripción. Si no hay obligación de inscribir registralmente los derechos reales inmobiliarios, el expediente de inscripción registral de éstos sólo se iniciará a instancia o ruego de parte interesada. Pero conviene señalar que, una vez formulada la petición de inscripción, el expediente administrativo correspondiente se desarrolla con independencia de la voluntad del solicitante.

Ley Hipotecaria, artículos 6 y 7.


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