Derecho Administrativo
La intervención administrativa en los precios, esto es, el señalamiento del precio de los bienes o servicios por la Administración constituye una de las manifestaciones más típicas del moderno intervencionismo económico.
Suelen distinguirse dos regímenes de intervención: el de precios autorizados, ya sea señalando precios fijos o precios máximos, y el de precios de vigilancia especial, en el que el Gobierno puede adoptar medidas para evitar que los precios sobrepasen determinados niveles de incremento. Además se pueden fijar los márgenes de distribución o comercialización respecto de los productos o servicios sujetos a cualesquiera de los dos regímenes antes mencionados.
Aunque la política de precios tiene un marcado carácter coyuntural, puede decirse que están sujetos a intervención los productos agrarios, las tarifas de los servicios públicos, tales como transportes, correos, telégrafos, teléfonos, electricidad, agua, gas y, además, los productos alimenticios, determinados productos químicos, hostelería, espectáculos, etc.
El Gobierno suele modificar esta relación, incluyendo o excluyendo productos en razón de las circunstancias de la coyuntura económica, cuando se trate de bienes o servicios sujetos al régimen de precios autorizados, su modificación sólo es posible a la alza, previa autorización administrativa tramitada por la Junta Superior de Precios, ante la que incoará el correspondiente expediente, en el que se justifique el aumento de los costes. Cuando se trate de bienes o servicios sujetos al régimen de vigilancia especial, las modificaciones a la alza de los precios o tarifas deben ser notificadas con un mes de antelación a la fecha en que pretendan aplicarse en aquella junta.
La Junta Superior de Precios es un órgano de trabajo de Gobierno a la que corresponde informarle en las cuestiones relativas a los precios, proponer los aumentos de los precios, cuando proceda, informar periódicamente sobre la evolución de los precios, fijar los precios de los bienes de nueva producción o comercialización, o de importación, etc.
A las infracciones en materia de precios le es de aplicación la normativa en materia de disciplina de mercado, que contempla los diversos supuestos de infracción, la calificación de las infracciones, el procedimiento sancionador y los órganos competentes para la imposición de sanciones.
Precio vil | | | Precios públicos |