Enciclopedia jurídica

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Planes generales

[DAd] Instrumentos de ordenación urbanística que tienen por objeto: 1) en suelo urbano, completar su ordenación mediante la regulación detallada del uso de los terrenos y de la edificación; señalar la renovación o reforma interior que resultare procedente; definir aquellas partes de la estructura general del plan correspondiente a esta clase de terrenos y proponer programas y medidas concretas para su ejecución; 2) en suelo urbanizable, definir los elementos fundamentales de la estructura general de ordenación urbana; establecer sus categorías y una regulación genérica de usos globales, y 3) en suelo no urbanizable, preservarlo del desarrollo urbano y establecer, en su caso, medidas de protección. Estos planes serán sometidos a evaluación ambiental con el fin de establecer elevados niveles de protección medioambientales según la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.
jTRLS-1976 arts. 10 a 12; RP, arts. 14 a 42, 115 a 135; Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.
Derecho urbanístico.


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