(Derecho Penal) V. Complicidad.
En un sentido técnico jurídico, partícipes son quienes contribuyen culpablemente a la producción de delito, sin cumplir el proceso ejecutivo típico y sin ser punibles como autores.
Participar es ejecutar una acción; es una forma de actuar; no es un mero conocimiento del hecho, sino una contribución a producirlo. Por eso, la expresión "autor normal" es equivocada, porque el participe contribuye siempre efectivamente a la producción del hecho.
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