(Derecho Administrativo) , (Derecho Penal) Ciudadano que por respeto a una regla moral se niega a cumplir sus obligaciones militares, pero sin sustraerse a la justicia de su país (diferencia con la desobediencia o la deserción). Ciertos Estados (entre ellos Francia desde 1963) admiten más o menos explícitamente la oposición de conciencia, otorgando a los opositores un estatuto que los dispensa del servicio armado, reemplazado por la asignación a tareas civiles.
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