(Derecho Internacional Privado) Facultad concedida por el código de la nacionalidad de repudiar, de renunciar a repudiar, de declinar o de reclamar la nacionalidad francesa.
(Derecho Internacional Público) Derecho reconocido a los habitantes de un territorio que se va a ceder, de elegir individualmente, en determinado plazo entre la nacionalidad del Estado cedente y la del Estado cesionario.
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