(Procedimiento Civil) Persona titular de una función que le es conferida para toda la vida por la autoridad pública y respecto de la cual tiene derecho a presentar un sucesor. El oficial ministerial goza de monopolio: así, los procuradores judiciales; algunos de ellos gozan del derecho de extender actas públicas (oficiales públicos); por ejemplo, los notarios, los escribanos de los tribunales de comercio, los ujieres de justicia, los agentes de cambio y los comisarios tasadores. El término de cargo se emplea también para designar a veces un oficio ministerial. [Traducimos literalmente la expresión officier ministériel por no existir en castellano un equivalente adecuado].
Oficial del estado civil | | | Oficial notificador |