Se considera oferta pública la invitación que se hace a personas, en general, o a sectores o grupos determinados para realizar cualquier acto jurídico con títulos valores, efectuado por los emisores o por organizaciones unipersonales o sociedades dedicadas en forma exclusiva o parcial al comercio de aquellos por medio de ofrecimientos personales, publicaciones periodísticas, transmisiones radiotelefónicas o de televisión, proyecciones cinematográficas, colocación de afiches, letreros o carteles, programas, circulares y
comunicaciones impresas o cualquier otro procedimiento de difusión.
Objetos de oferta pública pueden ser, únicamente, los títulos
valores emitidos en masa. Deben tener las mismas características y otorgar los mismos derechos dentro de su clase (se ofrecen en forma genérica y se individualizan en el momento de cumplirse el contrato).
Oferta pública de compra, oferta públi | | | Oferta publicitaria |