Enciclopedia jurídica

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Interrupción de la quiebra

El juicio de quiebra puede ser interrumpido mediante la reposición del auto de declaración de quiebra, que restablece la situación anterior a la misma, generalmente a instancia de la impugnación entablada por el quebrado. También puede considerarse que se interrumpe la quiebra cuando se produce la suspensión del juicio de quiebra por insuficiencia del activo para cubrir los gastos judiciales. Se espera a que se produzcan los ingresos suficientes en la masa, siguiendo el estado de quiebra para el deudor. No obstante, la forma más importante de interrumpir la quiebra es la de obtener un convenio entre el quebrado y sus acreedores.

Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 1.326 a 1.331.


Interrupción de la prescripción      |      Interrupción del proceso