Con independencia de que la fianza sea simple o solidaria, puede haberse establecido que la garantía cubra hasta una suma determinada previamente, que coincidirá o no con la deuda total del deudor fiado (fianza definida). En general, la fianza limitada se utiliza en la modalidad de solidaria o en los casos en que hay varios fiadores solidarios. En la modalidad opuesta, o fianza ilimitada, llamada también fianza indefinida, el fiador, sea subsidiario o solidario, responde de la totalidad de lo que deba el deudor fiado.
Código civil, artículos 1.825 a 1.827.
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