Derecho de las Comunidades Europeas
Hace referencia al proceso de formación de la voluntad de los Estados miembros en el seno de la U.E. Por el contrario, se conoce como fase descendente a las medidas que son necesarias para la efectiva aplicación en los Estados miembros de las normas adoptadas por las Instituciones comunitarias.
Ambas fases plantean situaciones problemáticas cuando el Estado miembro es, como España, Bélgica o Alemania, un Estado con el poder territorialmente repartido, pues la U.E. sólo tiene en cuenta al Estado central cuando la competencia material puede corresponder a otra instancia territorial dentro de ese Estado (V. Conferencia Sectorial para asuntos Relacionados con las Comunidades Europeas).
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