Enciclopedia jurídica

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Extinción de la instancia

(Procedimiento General) La instancia concluye normalmente al pronunciarse el fallo.
Se extingue también a título principal por una perención, por un desistimiento de instancia por la caducidad de la citación (V. estas expresiones).
Puede extinguirse también por la vía de consecuencia cuando la facultad de accionar ha desaparecido: así, a consecuencia de una aquiescencia, de la muerte de una de las partes cuando la acción no es trasmisible, de un desistimiento de la acción, o de una transacción (V. estas palabras).


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