(Derecho Penal) Corriente de pensamiento que, en materia penal, funda el derecho de castigar sobre la idea de una protección necesaria de la colectividad contra los individuos que presentan un estado peligroso. Si inicialmente esta escuela se desinteresaba un poco por el autor de la infracción, los movimientos actuales de la defensa social (especialmente la defensa social nueva) se caracteriza, al contrario, por un espíritu netamente individualista, ya que la protección de la sociedad se consigue por medio de la readaptación del delincuente, aplicándole, de acuerdo con su personalidad, la sanción que parezca más adecuada, ya sea pena o medida de seguridad.
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