(Derecho Penal) Corriente de pensamiento surgida en el siglo xviii, y que, en materia penal, funda el derecho de castigar sobre la idea del contrato social y en esta forma le asigna a la pena una finalidad estrictamente utilitaria. Esta escuela, que proclama una solución represiva de la criminalidad, se apoya en un doble postulado: el libre arbitrio del hombre y por lo mismo su responsabilidad, y la eficacia de la pena para luchar contra el fenómeno criminal.
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