Perrotta Ha hecho una clasificación de los derechos y obligaciones que configuran el estado de socio.
A) por su origen:
1) legales.
2) convencionales. B) por su contenido:
1) patrimoniales (participación en las utilidades y el las pérdidas. También en la liquidación).
2) de gobierno (administración y fiscalización). C) Por su titularidad:
1) ordinarios (comunes a todos los socios), 2) particulares (o privilegiados para determinados socios).
Derechos patrimoniales (subjetivos) son fundamentalmente: a) la participación en las utilidades, y =) derecho a la cuota de liquidación (cuando la Sociedad se disuelve o en relación con el socio que se retira).
Derechos relativos a la administración, fiscalización y gobierno
(subjetivos):
se refiere principalmente a la posibilidad de participar en el manejo social. Aquí el grado de participación del socio varia sustancialmente según el tipo de societario de que se trate; es decir, que es muy diversa la situación de un socio colectivo o comanditado a la de un comanditario y más aun a la de un poseedor de una ínfima proporción de acciones de una Sociedad Anónima.
Estos derechos pueden subdividirse en:
a) integración de la administración y participación en el gobierno; =) de voz y de voto; c) de información; D) de fiscalización y control de la contabilidad y administración.
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