Es el derecho o facultad que tiene el Estado para definir lo que es delito, para determinar quiénes serán considerados delincuentes y para señalar las penas que se les impondrán. También denominado con la expresión latina ius puniendi o derecho a castigar, su ejercicio conlleva la creación o producción del Derecho penal objetivo o conjunto normativo regulador de las figuras delictivas, determinador de las condiciones que configuran la participación de los delincuentes en la producción, y por tanto en la responsabilidad, del delito, y previsor de las penas y demás medidas a aplicar a los responsables de las conductas delictivas. Tanto el Derecho penal subjetivo como el objetivo configuran en conjunto el llamado también Derecho penal sustantivo, que se contrapone al Derecho procesal penal.
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