Es la cooperativa especialmente diseñada para que los jóvenes tengan acceso al conocimiento y a la práctica empresarial enmarcada en el cooperativismo. En el régimen anterior se denominó cooperativa de la Organización Juvenil y Escolares, nombre que, en los inicios del nuevo régimen se mudó por el de cooperativa de escolares y juveniles. Tienen por objeto asociar a alumnos de uno o más centros docentes con el fin de procurar, en las mejores condiciones, bienes y servicios para la vida docente y el cultivo del tiempo libre de los socios. Los referidos bienes y servicios pueden haber sido adquiridos por la cooperativa o ser producidos por ella. Entre las variedades más importantes que las cooperativas educacionales pueden adoptar se encuentran: las de suministro de libros, de material escolar, artículos deportivos y recreativos; y las de servicios directamente relacionados con la actividad de estudio, cultural, deportiva y recreativa de los socios.
Ley general de Cooperativas, artículo 146.
Cooperativa del mar | | | Cooperativa en constitución |