Es la que asocia a personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones dedicadas a actividades pesqueras o de industrias marítimo pesqueras y derivadas, y que tiene por objeto la prestación de suministros y servicios, y la realización de operaciones, encaminadas al mejoramiento técnico y económico de las explotaciones de los socios. También puede asociar a profesionales por cuenta propia de las actividades señaladas. Entre éstas, cabe concretar las siguientes: pescadores, armadores de embarcaciones, cofradías, titulares y familias marisqueras, y concesionarios de explotaciones de pesca. Entre las industrias marítimo pesqueras y derivadas hay que incluir las encuadrables en las diferentes modalidades del mar, rías y lagunas marinas, ríos, lagos y lagunas de agua dulce.
Ley general de Cooperativas, artículo 141.
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