Se dice que existe comunidad de bienes con aprovechamientos distintos, cuando el derecho de propiedad aparece dividido cualitativamente o cuando se manifiestan diferentes derechos de propiedad que convergen sobre objetos diversos enlazados entre sí. Este tipo comunitario perdura en zonas rurales y responde a una regulación normativa predominantemente consuetudinaria. Tal es el caso de las llamadas pertenencias comunes, consistente en la comunidad sobre elementos que están al servicio de varias fincas: paredes, cercas, pozos, etc.; se presumen comunes a las edificaciones los vanos entre fincas urbanas (belenas o etxekoartes).
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