Enciclopedia jurídica

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Colectividades locales (o territoriales)

(Derecho Administrativo) Expresión genérica para designar las agrupaciones humanas geográficamente asentadas y a las que el Estado les reconoce el poder de administrarse por medio de autoridades elegidas: departamento, municipio, departamento de ultramar, territorio de ultramar, y al parecer, un conjunto urbano. V. esta palabra. V. Región.


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