En derecho civil, calidad que reviste determinado bien en virtud de la circunstancia de tener que ser obligatoriamente restituido a la masa hereditaria, con motivo de la obligación de colacionar impuesta a un coheredero respecto de otro de igual carácter.
Lo que los herederos forzosos deben traer a colación y partición en la división de una herencia, por haberlo recibido por donación u otro título lucrativo en vida del causante; para que, aumentando de esta suerte el caudal hereditario, se distribuya con igualdad entre todos los coherederos o, al menos, sin perjuicio de legítimas y mejoras.
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