Testificación extendida por un jurista extranjero (abogado, notario, cónsul), que afirma la existencia de una norma de derecho o que expone el contenido de ella.
Procedimiento frecuentemente utilizado cuando en un Estado extranjero no existe legislación escrita, sino que las reglas de derecho emanan, ya de la costumbre, ya de la jurisprudencia.
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