En Inglaterra existe un instituto original denominado caveat. Es una declaración mediante la cual el buque con respecto al cual se hace, no puede ser embargado, porque quien ha pedido esa declaración se constituye en garante de cualquier crédito hasta una suma determinada.
El caveat tiene por objeto evitar los embargos por créditos pequeños y con un pretexto cualquiera, y quien lo ha solicitado se compromete a comparecer en cualquier juicio dirigido contra el buque y a otorgar inmediatamente una garantía satisfactoria por cuenta del mismo, hasta el máximo de la responsabilidad legal o hasta el valor en estado de avería, si este fuera menor que la limitación legal.
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