(Derecho Civil) Atribución de un capital o de una renta destinada a suprimir la disparidad que la ruptura del matrimonio crea en las condiciones de vida respectivas de los esposos divorciados. No puede existir sino en el marco del divorcio por consentimiento mutuo o por culpa, y en esta última hipótesis, no puede ser concedida jamás al esposo por cuyas culpas exclusivas se haya pronunciado el divorcio.
Asiento registral | | | Asignación presupuestal |