(Derecho Comercial) Órgano del procedimiento del concordato judicial y de la liquidación de los bienes, cuya importancia ha ido decayendo incesantemente. Hoy no interviene sino para decidir acerca de las ofertas de concordato hechas por el deudor admitido en el preconcordato judicial, desde que se ha detenido el estado de los créditos.
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