Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Arbitrador conciliador

Es la persona que protagoniza el arbitraje impropio o arbitrio del tercero. Aunque su función es colindante con la del árbitro o protagonista del arbitraje o arbitraje propio, se singulariza por la intervención de un tercero en los negocios jurídicos; según la función estereotipada legalmente que desempeña en ésos, se denomina a veces de forma particular: partidor de la cosa común, contador-partidor de herencia, o perito arbitrador. Así como el árbitro es el juez en un litigio, el arbitrador es el conciliador en un negocio. Se habla de arbitrador voluntario cuando su intervención depende de la iniciativa privada; se formaliza mediante un contrato de arbitrio, al que sirve de preliminar la cláusula de arbitrio de tercero prevista en un contrato principal. El arbitrio necesario tiene lugar por imposición legal.

Código civil, artículos 380, 402, 579, 603, 670, 671, 1.057, 1.058, 1.115,1.125, 1.132, 1.171, 1.256, 1.447, 1.453, 1.475, 1.501, 1.598, 1.690 y 1.708. Código de comercio, artículos 327, 367, 406 y 851.


Arancel integrado de aplicación      |      Arbitraje