Enciclopedia jurídica

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Sociedad anónima deportiva

Es la modalidad de la compañía anónima que se regula por un régimen legal específico en el que se excepcionan o modifican determinadas reglas del Derecho de sociedades anónimas común. Su escritura de constitución, además de inscribirse en el Registro mercantil, deberá hacerlo en el de Asociaciones Deportivas. Su objeto social se relacionará con la participación en competiciones deportivas de carácter profesional, así como con el desarrollo y promoción de actividades deportivas o con las derivadas de éstas. En su razón social constará la abreviatura de su nombre genérico S.A.D. No podrán constituirse con capital inferior al previsto para las anónimas comunes. Su administración corresponderá únicamente al consejo de Administración, con siete miembros como mínimo.

Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, artículos 13 a 29.


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