Son los servicios de telecomunicación que proporcionan la capacidad necesaria para la transmisión de señales entre puntos de terminación de red definidos. El usuario podrá conectar a los puntos de terminación de red cualquier aparato o equipo de su propiedad o uso, siempre que disponga de los correspondientes certificados de homologación. Al igual que los servicios finales de telecomunicación, son aplicables a los portadores la normativa de contratación estatal, gozando asimismo de los derechos a establecer infraestructuras y a ocupar el dominio público con arreglo a la legislación aplicable.
Ley de Ordenación de las telecomunicaciones, artículos 14, 15 y 17.
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