Derecho Mercantil
El portador del documento o título sea o no titular del derecho, según el tipo de documento de que se trate.
En caso de título nominativo, el portador no estará legitimado, y será un simple tenedor o poseedor del documento, si no coincide con la persona determinada en el título.
En los títulos al portador, en cambio, en razón a que el derecho está plenamente incorporado al documento, cualquier poseedor del mismo o portador es un tenedor legítimo del derecho, que puede ejercitar.
Persona a favor de la cual se ha suscripto o endosado un título de crédito (también llamado título circulatorio o papel de comercio); persona legitimada en la tenencia del título por una cadena ininterrumpida de endosos.
Tenedor de un título al portador.
Quien lleva o trae una cosa de una a otra parte. | Tenedor de efectos públicos o valores comerciales y no nominativos, sino pagaderos a quien los exhibe y exige su valor o prestación. (V. TÍTULO AL PORTADOR.).
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