Enciclopedia jurídica

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Separación de bienes

(Derecho Civil) Régimen matrimonial caracterizado por la ausencia de bienes comunes a los dos cónyuges.

Se menciona así cuando se produce entre cónyuges. Puede ser de tres formas:

convencional, legal y judicial.

La forma convencional puede pactarse en contratos matrimoniales previos al matrimonio.

Hay legislaciones que mantienen la absoluta separación de bienes entre cónyuges, sin aceptar el régimen de sociedad conyugal y

considerando a aquella obligatoria. Imponen al marido la obligación de sufragar todos los gastos de la familia.


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