La sentencia plenaria es el sistema adoptado por aquellos ordenamientos jurisdiccionales que carecen de un tribunal superior con funciones Casatorias; consiste en la reunión circunstancial de las distintas secciones del organismo jurisdiccional, bajo la
denominación de salas o de Cámaras, que se transforma en tribunal pleno, para fijar la interpretación de la ley o unificar la
jurisprudencia.
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