También denominado ingresos mínimos garantizados (o por sus siglas IMG), es un concepto incluido en el proyecto de Código europeo y aludido en diversos anteproyectos comunitarios. Se trata de definir un mínimo social que se materializaría en un subsidio diferencial y prestación de tipo universal equiparado a un derecho. Su objeto sería cubrir las necesidades esenciales de las personas en situación de pobreza. La prestación sería financiada por el Estado y gestionada a nivel territorial. Para su atribución se tomaría en cuenta la totalidad de ingresos del beneficiario; éste lo será si percibe retribución inferior a la cuantía del salario social. Se excluye a los jóvenes y a los extranjeros que no acrediten un período determinado de residencia en el país.
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