Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Representación mercantil

La representación directa está especialmente protegida en el ámbito mercantil. Así, el tercero que contrata con el representante puede confiar que éste tiene los poderes de representación en pleno vigor mientras no hayan sido revocados con la debida publicidad. También puede aquél confiar que cuanto haga el representante obligará al representado, siempre que dicha actuación se mantenga dentro de los límites legales. Si el representante se excede en el uso de los poderes otorgados, no perjudicará ello al tercero que contrató con aquél. Esta solución es inversa a la ofrecida en el ámbito civil. Sin embargo, se está regresando a la práctica civil que obvia las peculiaridades que justificaron la especialidad mercantil. Así, por ejemplo, disminuye progresivamente la confianza en la protección legal que recibe la apariencia.

Código de comercio, artículos 128, 154 y 247.


Representación legal del hijo      |      Representación política