[DCiv] Instrumento por el cual una persona realiza una manifestación de voluntad en nombre y por cuenta ajena, del representado, de suerte que los efectos jurídicos de la misma se producen directamente en la esfera patrimonial del representado.
El representante actúa en interés del representado y, además, en nombre de éste. De esta forma, los que contratan con el representante saben que el representado asume los derechos y obligaciones nacidos de tal contrato; es decir, la representación directa autoriza a obrar por cuenta ajena y en nombre ajeno. El representante suele actuar con poderes otorgados de forma expresa por el representado; pero también actúa con los poderes otorgados implícitamente, como en el caso de desempeñar aquél un cargo que implica representación (administrador, gerente, etc.) del representado.
Código civil, artículos 1.709 a 1.739.
Véase Representación mercantil.
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