Liberación de cargas, gravamen, obligación, condena o cautiverio;
por lo general, contra una suma de dinero.
Acción o efecto de redimir. | Recurso, remedio. | En lo teológico, la salvación del género humano por el sacrificio de Cristo en la Cruz. (V. DEICIDIO.) | Antiguamente se decía del rescate de la esclavitud por el cautivo mediante cierto precio, o el acto de recuperar la libertad perdida. | A METÁLICO. H asta el establecimiento, en España, de la prestación personal ineludible (salvo exención legal o sorteo) del servicio militar obligatorio, la redención a metálico permitía, abonando al Estado una suma (inicialmente de 2.000 pesetas, y luego de 1 .500), eximirse de ser soldado. | DE CENSOS. Acto jurídico en virtud del cual, abonándose el precio o capital que por convenio o ley corresponda al censualista, obtiene el censatario la liberación de la propiedad gravada. | DE LAS PENAS POR EL TRABAJO. Sistema que permite cumplir las condenas, de manera abreviada, mediante el trabajo del reo o del perseguido.
Redemptus ab hostibus | | | Redención de hipotecas |