Enciclopedia jurídica

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Programa de ordenador

Es uno de los objetos posibles de la propiedad intelectual. Forma parte del software (material blando) o, más simplemente, del soft, que constituye la parte inmaterial del ordenador, frente al hardware (material duro), constituido por la red de circuitos, pantalla, teclado... El soporte lógico o soft incluye, con el programa, la descripción de éste y el material auxiliar (instrucciones para su uso...). El programa es un conjunto de instrucciones que, una vez incorporado a un soporte legible por máquina, puede hacer que una máquina de procesar información realice una tarea u obtenga un resultado determinado. Se incluye en el programa su documentación preparatoria. Todo ello es protegible sólo si fuese original; es decir, creación intelectual propia de su autor.

Ley de Propiedad intelectual, artículos 95 a 100. Ley 16/1993, de 23 de diciembre, de incorporación al Derecho español de la Directiva 91/250/CEE, de 14 de mayo de 1991, sobre la protección jurídica de programas de ordenador, conocida también como Ley de transposición, artículo 1.


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