Es el medio impugnativo que se instrumenta como un proceso autónomo respecto a aquél cuyo resultado se considera gravoso o injusto. Así, los juicios declarativos que pueden plantearse después de los juicios ejecutivos, con el designio de conseguir una resolución distinta en el declarativo a la obtenida en el sumario. También se encuadran en este grupo de posibilidades de impugnación civil distintas a los recursos, las acciones de impugnación autónomas, como la revocatoria o pauliana. Las tercerías de dominio y de mejor derecho pueden englobarse en este mismo grupo.
Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 1.479 y 1.532.
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