[DPro] Quien pretende y frente a quien se pretende (Guasp). Las partes son los litigantes en un proceso y se rigen por los principios de igualdad, contradicción, dualidad y buena fe o lealtad procesal.
Derecho Procesal
En general, según Andrés de la Oliva, es parte el sujeto jurídico que pretende o frente a quien se pretende una tutela jurisdiccional concreta y que, afectado por el pronunciamiento judicial correspondiente, asume plenamente los derechos, cargas y responsabilidades inherentes al proceso. Por ello, cuando en el proceso actúan representantes, la parte procesal verdadera es siempre el representado.
En el proceso penal, es la persona que pide y aquella frente a la que se pide al titular del órgano jurisdiccional la actuación de la pretensión penal y la de resarcimiento, en su caso.
Parte principal | | | Parte promiscua |