Es el supuesto de la obligación que conlleva intereses.
El pacto de intereses entre deudor y acreedor es hoy aceptado en todas las legislaciones.
Las leyes y la jurisprudencia han puesto margen al interés ya que más allá de cierto límite puede constituir delito de usura.
También pueden pactarse intereses especiales con el carácter de cláusula penal por mora.
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