Enciclopedia jurídica

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Oficialidad del buque

Es el conjunto de personas que ostentan cargos en el ámbito puramente técnico de la navegación y que lo desempeñan en un buque. El piloto es el segundo jefe del buque, especialmente encargado de dirigir el viaje, pudiendo sustituir al capitán, en caso de ausencia de éste, y asumiendo entonces sus funciones. Conviene no confundirlo con el piloto que ayuda al capitán en la conducción del buque al entrar o salir éste de un puerto; dicho piloto se denomina práctico. En orden descendente de rango, sigue al piloto el contramaestre, que es el oficial especialmente encargado de la tripulación y del cuidado y conservación del buque y de la carga. Puede sustituir al piloto en caso de necesidad. Los maquinistas tienen una función técnica especializada, por lo que no pueden sustituir a los oficiales indicados antes; deben llevar un libro registro denominado Cuaderno de máquinas, en el que se anotarán todos los datos relevantes referentes al trabajo de las mismas.

Código de comercio, artículos 626 a 628, 632 y 633.


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