(Derecho Administrativo) Calificación extensiva que permite aplicar normas de derecho público protectoras de los particulares y del bien de que se trata, aplicada a inmuebles afectados a la satisfacción de necesidades de interés común y que, en la mayoría de los casos, constituyen dependencias del patrimonio público de las personas públicas, que, por lo común, toman su origen en la realización de una obra pública.
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