(Derecho Laboral) En una empresa o establecimiento, conjunto de las acciones o instituciones no obligatorias e independientes del control de trabajo, destinadas a mejorar las condiciones de bienestar de los asalariados, antiguos asalariados y de sus familiares. Puede traducirse en ayudas temporales o en servicios permanentes (cantinas, colonias de vacaciones, bibliotecas, ilustraciones culturales...). Cuando existe una de ellas el comité de empresa está facultado para inspeccionar y controlar el conjunto de las obras sociales ya existentes o que puedan crearse.
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