(Derecho Civil) , (Procedimiento Civil) “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia torpeza”.
Aforismo empleado para rehusar eventualmente la restitución de las prestaciones después del pronunciamiento de la nulidad de una convención contraria a la moral y a las buenas costumbres.
Adagio latino de uso frecuente y utilizado para significar que el juez no debe acoger las pretensiones de quien alega su propia torpeza, entendida como deslealtad, fraude, lascivia y cualquier otra causa contra las buenas costumbres y la ley.
Nemine res sua servit | | | Nemo censetur ignorare legem |