Enciclopedia jurídica

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Mesa de la cámara

Cada cámara legisladora tiene una Mesa, que es el órgano rector colegiado de la misma (Mesa del Congreso y Mesa del Senado). Sus componentes son elegidos por la propia cámara mediante el sistema mayoritario de una sola vuelta y de voto limitado. De esta forma, se consigue la participación en la Mesa de todos los grupos políticos importantes. Las Mesas se integran con el presidente de la cámara, que dirige y coordina la actuación de la Mesa; cuatro vicepresidentes y cuatro secretarios. La Mesa está encargada de organizar los trabajos parlamentarios, calificando y tramitando los documentos o declarando su admisibilidad, fijando el calendario de actividades del Pleno y de las Comisiones, etc. Asimismo, interviene en la actividad económica interna de la cámara, elaborando su presupuesto y controlando su ejecución.

Reglamento del Congreso de los Diputados, artículos 30 a 37. Texto refundido del Reglamento del Senado, artículos 35 y 36.


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