Enciclopedia jurídica

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Liquidación

Derecho Mercantil

Es el conjunto de operaciones de la sociedad que tienden a fijar el haber social divisible entre los socios. Consiste en percibir los créditos de la compañía y extinguir las obligaciones contraídas según vayan venciendo.

En las sociedades capitalistas la liquidación se hace en interés de los acreedores, teniendo carácter coactivo las normas legales de liquidación (arts. 266 y ss. de la L.S.A.).

Durante el desarrollo del periodo de liquidación subsiste la misma sociedad y lo único que varía es el fin que ya no es la explotación del negocio mercantil, sino la liquidación de operaciones pendientes.

Termina la liquidación con la división del haber social, conforme a lo dispuesto en los estatutos o en su defecto por la junta de socios. Se hace tal división en dinero, abonándose a cada accionista la cantidad proporcional al importa nominal de sus acciones.


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