Como fuente primaria del Derecho administrativo y a continuación del texto constitucional, están las leyes que, en su variada formulación y materialización, tienen el común denominador de proceder del órgano de producción legislativa. Pero al amparo de este elemento común, conviene no uniformizar las variadas formas de leyes: leyes ordinarias, leyes orgánicas, leyes de las Comunidades Autónomas o leyes territoriales, Estatutos de Autonomía, leyes marco, leyes de armonización, leyes de transferencia, leyes refrendadas y leyes paccionadas.
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