Todo juez nacional, requerido en el marco de su competencia, tiene la obligación de aplicar íntegramente el Derecho comunitario y de proteger los derechos que aquél confiere a los particulares, dejando de aplicar cualquier disposición nacional eventualmente contraria, ya sea ésta anterior o posterior a la norma comunitaria. En el marco del contencioso sobre abuso de poder, el justiciable debe disponer de una vía de recurso que le permita obligar al juez a controlar la legalidad de las medidas internas frente al Derecho comunitario, y el juez nacional debe declarar inaplicables las medidas incompatibles con este último.
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