Enciclopedia jurídica

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Factura comercial

Nota o detalle de las mercaderías vendidas que el vendedor remite al comprador con la precisa y detallada indicación de su especie, calidad, cantidad y de su precio, y con todas aquellas otras que pueden servir o ser necesarias, tanto para individualizar las mercaderías mismas como para determinar el contenido y las modalidades de ejecución del contrato.

La factura no es un documento solemne. No puede en consecuencia, hablarse de requisitos de forma esenciales de los cuales dependa su validez. Empero, dadas las finalidades que el uso mercantil le asigna, lo común es que lleve las indicaciones siguientes:

1) fecha y lugar de expedición; 2) nombre o razón social del que la expide; 3) nombre o razón social de que la recibe; 4) detalle o relación de las mercaderías vendidas con especificación precisa de su calidad, peso, cantidad, o medida, así como de las marcas de

fábrica o de comercio, signos u otras indicaciones; 5) precio, modo y lugar de pago.

Estas son las enunciaciones mas usuales en nuestro comercio. Nada obsta que se incorporen cuantas otras enunciaciones se crea conveniente. Tratándose de envíos sin importancia o por creérselo oportuno suele incorporarse otras como: a) término dentro del cual deberá, quien la recibe, hacer las reclamaciones u observaciones; b) sobre quien recaen ciertos gastos accesorios; indicaciones del portador; etcétera.


Factura cambiaria      |      Factura conformada