(Derecho Administrativo) V. Réplica.
Segundo ejemplar de un instrumento público (v.Gr., Por pérdida del testimonio de escritura de propiedad) o privado.
El segundo despacho, documento o escrito que se expide del mismo tenor que el primero, bien para entregar un ejemplar a cada uno de los interesados, bien por extravía del primero u original, y para reiterar alguna comunicación o requerimiento. | Copia fiel de un original; ejemplar repetido o doble.
Duoviri juri dicundo | | | Duplicado (formalidad del) |