(Derecho Penal) Medida por la cual el juez correccional o de policía que ha comprobado la culpabilidad del delincuente decide no imponer ninguna sanción cuando está demostrado que se ha producido la reforma del delincuente, que el daño ha sido reparado y que ha cesado la perturbación social. V. Penas. Es semejante a la libertad condicional.
Dispensa de la forma canónica del matri | | | Dispensas |